°. En desarrollo del artículo 8° de la Ley 21 de 1963, el Jefe de la División de Impuestos Nacionales determinará los casos en los cuales los funcionarios liquidadores del impuesto de sucesiones y donaciones deberán pedir copia de las declaraciones de renta y patrimonio del causante y de su cónyuge, si hubiere lugar a ello, así como los casos en que tales funcionarios deban enviar copia de la diligencia de inventarios y avalúos o de los inventarios adicionales, a la Jefatura de la División de Impuestos Nacionales.
Article 5
En Desarrollo Del Artículo 8° De La Ley 21 De 1963, El Jefe De La División De Impuestos Nacionales Determinará Los Casos En Los Cuales Los Funcionarios Liquidadores Del Impuesto De Sucesiones Y Donaciones Deberán Pedir Copia De Las Declaraciones De Renta Y Patrimonio Del Causante Y De Su Cónyuge, Si Hubiere Lugar A Ello, Así Como Los Casos En Que Tales Funcionarios Deban Enviar Copia De La Diligencia De Inventarios Y Avalúos O De Los Inventarios Adicionales, A La Jefatura De La División De Impuestos Nacionales
Decreto 1887 de 1963 · Por el cual se reglamentan los artículos 7° y 8° de la Ley 21 de 1963, y se dictan otras disposiciones sobre impuestos sucesorales
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