La acción de las partes para presentarse en juicio ordínario, para efectos de lo artículos anteriores, prescribe en dos años, contados desde el pronunciamiento de la sentencia por el Juez de Menores.
Del Consejo Nacional de Protección Infantil.
Ley 83 de 1946 · Orgánica de la defensa del niño
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La acción de las partes para presentarse en juicio ordínario, para efectos de lo artículos anteriores, prescribe en dos años, contados desde el pronunciamiento de la sentencia por el Juez de Menores.
Del Consejo Nacional de Protección Infantil.
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