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Article 24

Decreto 3012 de 1997 · por el cual se adoptan disposiciones para la organización y el funcionamiento de las escuelas normales superiores.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La Escuela Normal Superior deberá abstenerse de abrir el ciclo complementario e iniciará el proceso de transformación en un establecimiento educativo por niveles y grados para ofrecer educación básica y el nivel de educación media, preferiblemente de carácter técnico, cuando se presente alguno de los siguientes eventos

1.

Negación de la acreditación de los programas académicos, por parte del Ministerio de Educación Nacional, según lo establecido en el presente decreto.

2.

Imposición de la sanción de suspensión del reconocimiento de carácter oficial o de la licencia de funcionamiento hasta por un (1) año o de cancelación del reconocimiento de carácter oficial o de la licencia de funcionamiento, de acuerdo con las disposiciones del Decreto 907 de 1996, o las normas que lo modifiquen o sustituyan.

Parágrafo

En el acto administrativo que expida la correspondiente Secretaría de Educación Departamental o Distrital, cancelándole el reconocimiento de carácter oficial o la licencia de funcionamiento como escuela normal superior, deberá determinarse el plazo de que dispone para llevar a cabo su proceso de transformación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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