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Article 2

Asignaciones Básicas

Decreto 1232 de 2012 · por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos públicos de los empleados civiles no uniformados del Ministerio de Defensa Nacional, incorporados del Departamento Administrativo de Seguridad - DAS en Supresión, a la Policía Nacional

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º. Asignaciones básicas. A partir de la incorporación de los servidores públicos del Departamento Administrativo de Seguridad - DAS en Supresión, a la Policía Nacional, las asignaciones básicas mensuales para tales servidores, en los términos del artículo 3º del Decreto 0236 de 2012, serán las siguientes: Grado salarial Profesional Técnico Asistencial 01 $2.012.823 $1.262.025 $1.025.999 02 $2.217.759 $1.351.271 $1.133.563 03 $2.275.365 $1.403.350 $1.262.025 04 $2.367.309 $1.586.275 $1.351.271 05 $2.486.452 $1.647.410 $1.455.316 06 $2.676.088 $1.741.137 07 $2.810.772 $1.803.249 08 $1.915.814 09 $1.968.242 10 $2.043.943 11 $2.212.491 12 $2.481.650

Parágrafo 1

Para las escalas de los niveles de que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleos, la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel y corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.

Parágrafo 2

En el valor de las asignaciones básicas mensuales señaladas en el presente artículo está incorporada la prima de riesgo correspondiente al cargo del cual el empleado era titular en el Departamento Administrativo de Seguridad - DAS en Supresión, en los términos del artículo 3º del Decreto 0236 de 2012. Se podrán crear empleos de medio tiempo los cuales se remunerarán en forma proporcional al tiempo trabajado y con relación a la asignación básica que les corresponda. Se entiende, para efectos de este decreto, por empleos de medio tiempo los que tienen jornada diaria de cuatro (4) horas.

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Constitutional history

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