JurídicoESEN

Article 1

Cuando Con Ocasión Del Ejercicio De Las Facultades Previstas En Los Artículos 4° Y 33 De La Ley 35 De 1993, El Gobierno Nacional Por Conducto De La Sala General De La Superintendencia De Valores Expida Normas Que Correspondan A Las Facultades De Intervención En El Mercado Público De Valores, Ésta Última Podrá Adoptar Una Numeración, Indicando Su Origen, Que Permita Incorporarlas Para Su Publicación En El Estatuto Orgánico Del Mercado Público De Valores, Con El Propósito De Mantener Permanentemente Actualizado El Mismo

Decreto 1169 de 1993 · por el cual se reglamentan los artículos 33 de la Ley 35 de 1993 y 4.2.0.3 del Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° Cuando con ocasión del ejercicio de las facultades previstas en los artículos 4° y 33 de la Ley 35 de 1993, el Gobierno Nacional por conducto de la Sala General de la Superintendencia de Valores expida normas que correspondan a las facultades de intervención en el mercado público de valores, ésta última podrá adoptar una numeración, indicando su origen, que permita incorporarlas para su publicación en el Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores, con el propósito de mantener permanentemente actualizado el mismo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1169 de 1993