Siempre que se trate de avaluar bienes intangibles o de aprobar costos o deducciones por concepto de pactos relativos a los mismos, os interesados deberán solicitar de la División de Impuestos Nacionales el avalúo del intangible y demostrar las causas que sirven de fundamento para su estimación, así como los elementos de juicio que aquélla les solicite según la naturaleza del bien, a fin de que los peritos puedan fijar el valor con pleno conocimiento de los factores que lo determinen. Rentas en la enajenación de inmuebles.
Article 15
Siempre Que Se Trate De Avaluar Bienes Intangibles O De Aprobar Costos O Deducciones Por Concepto De Pactos Relativos A Los Mismos, Os Interesados Deberán Solicitar De La División De Impuestos Nacionales El Avalúo Del Intangible Y Demostrar Las Causas Que Sirven De Fundamento Para Su Estimación, Así Como Los Elementos De Juicio Que Aquélla Les Solicite Según La Naturaleza Del Bien, A Fin De Que Los Peritos Puedan Fijar El Valor Con Pleno Conocimiento De Los Factores Que Lo Determinen
Decreto 154 de 1968 · por medio del cual se reglamenta el Decreto-ley número 1366 de 1967, la Ley 63 de 1967 y otras disposiciones relativas al impuesto de renta y complementarios.
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