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Article 2

Ley 33 de 1962 · por la cual se eleva el cupo de crédito del Gobierno en el Banco de la República, y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El gobierno, dentro de los treinta (30) días siguientes a la sanción de la presente ley, designará una comisión encargada de estudiar y proyectar la reforma de la Tesorería General de la Nación, y sus relaciones con el Banco de la República, la Contraloría General de la República, los sistemas presupuestales y fiscales del país y el régimen de jurisdicción coactiva.

De dicha comisión formarán parte, por lo menos, dos (2) Senadores y dos (2) Representantes a la Cámara designados en forma paritaria.

El gobierno reglamentará el funcionamiento de dicha comisión, creará los cargos y fijará las asignaciones: con tal fin, se le faculta para realizar por la vía administrativa, los traslados y créditos presupuestales que sean necesarios.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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