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Article 52

Decreto 1643 de 1991 · por el cual se organiza la Dirección de Impuestos Nacionales como Unidad Administrativa Especial, se establecen su estructura y funciones sus regímenes presupuestal y de contratación administrativa y se dictan otras disposiciones

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Subdirección de Fiscalización . De acuerdo con las políticas e instrucciones impartidas por el Subdirector General, son funciones de la Subdirección de Fiscalización, para él ejercerlas directamente o a través de sus divisiones, las siguientes

a)

Definir el plan anual de Fiscalización de acuerdo con la política establecida por la Dirección;

b)

Elaborar los programas de control y determinación de los impuestos que administra la Dirección de Impuestos Nacionales;

c)

Proponer, de acuerdo con las necesidades del plan general de fiscalización, la información que puede solicitar el Director en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 631 del Estatuto Tributario, indicando las características tributarias para rendirla;

d)

Solicitar, con fundamento en el artículo 684 del Estatuto Tributario, información para fines de control;

e)

Autorizar a las Administraciones de Impuestos Nacionales intercambio de la información a que se refiere el artículo 585 del Estatuto Tributario con las autoridades departamentales y municipales y con la Dirección de Apoyo Fiscal;

f)

Dirigir y evaluar los programas de fiscalización realizados por las Administraciones de Impuestos Nacionales;

g)

Adelantar en casos especiales, a través de los funcionarios de la Subdirección, visitas de investigación y control de los impuestos, a contribuyentes, responsables, agentes de retención o declarantes, de acuerdo con las autorizaciones del Subdirector de Fiscalización y remitir las investigaciones a las Administraciones correspondientes para que se profieran las actuaciones del caso.

h)

Coordinar con la Subdirección de Informática el procesamiento de la información requerida para la ejecución de los planes y programas de fiscalización;

i)

Coordinar las actividades de] Comité de Calificación de Entidades Sin Animo de Lucro y establecer los programas de control que sean necesarios para eses entidades y para los no contribuyentes;

j)

Instruir a los funcionarios en relación con la ejecución de los programas establecidos;

k)

De acuerdo con los compromisos de reciprocidad realizados por la Dirección de Impuestos Nacionales, suministrar a las autoridades tributarias de otros países, información tributaria con fines de control fiscal;

l)

Las demás que le asigne el Subdirector General.

02

Constitutional history

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