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Article 25

Régimen De Estímulos

Ley 10 de 1990 · LEY 10 DE 1990, 10/01/1990, por la cual se reorganiza el Sistema Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Las entidades que celebren contratos, conforme a lo dispuesto en los artículos 23 las surgidas mediante asociación para la integración funcional, en las cuales, participen entidades públicas y, en general, las que acojan la estructura básica señalada en el artículo 19 tendrán los siguientes estímulos;

a)

Prioridad en los programas de capacitación y desarrollo de los recursos humanos que ofrezcan las entidades públicas, o que se adelanten con el auspicio de organismos de cooperación técnica internacional;

b)

Prioridad en la contratación del servicio público de salud requerido por las entidades públicas de seguridad y previsión social;

c)

Participación preferencial en los planes, programas y proyectos que adelante el sistema nacional, seccional o local de salud, según el caso;

d)

Beneficiarse de los programas de dotaciones y de prestación de servicios de mantenimiento que organice el Fondo Nacional Hospitalario.

Parágrafo 1

El régimen de estímulos definido en este artículo, sólo será aplicable con base en la evaluación positiva de la eficiencia en la gestión certificada por la Superintendencia Nacional de Salud, de conformidad con el artículo 9°, letra j). Dicha calificación, además, formará parte de la hoja de vida de directores de las entidades de salud.

Parágrafo 2

El incumplimiento, por parte de los municipios de los prerrequisitos señalados en el artículo 37, impide la aplicación del régimen de estímulos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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