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Article 2

El Director General De La Policía Nacional Podrá Sancionar Con La Inmediata Suspensión Del Suministro De Gasolina, Por El Término Que Considere Conveniente, Según La Gravedad De La Infracción, A Cualesquiera De Los Expendedores Que Sea Sorprendido En Actividades De Especulación Indebida Con Los Elementos De Que Trata El Presente Decreto

Decreto 5 de 1948 · Por el cual se reglamenta el expendio de gasolina y aceites lubricantes y se dan unas autorizaciones al Director General de la Policía Nacional

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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° El Director General de la Policía Nacional podrá sancionar con la inmediata suspensión del suministro de gasolina, por el término que considere conveniente, según la gravedad de la infracción, a cualesquiera de los expendedores que sea sorprendido en actividades de especulación indebida con los elementos de que trata el presente Decreto.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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