° El Director General de la Policía Nacional podrá sancionar con la inmediata suspensión del suministro de gasolina, por el término que considere conveniente, según la gravedad de la infracción, a cualesquiera de los expendedores que sea sorprendido en actividades de especulación indebida con los elementos de que trata el presente Decreto.
Article 2
El Director General De La Policía Nacional Podrá Sancionar Con La Inmediata Suspensión Del Suministro De Gasolina, Por El Término Que Considere Conveniente, Según La Gravedad De La Infracción, A Cualesquiera De Los Expendedores Que Sea Sorprendido En Actividades De Especulación Indebida Con Los Elementos De Que Trata El Presente Decreto
Decreto 5 de 1948 · Por el cual se reglamenta el expendio de gasolina y aceites lubricantes y se dan unas autorizaciones al Director General de la Policía Nacional
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