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Article 10

Vales De Extranjeros

Ley 27 de 1903 · Sobre reconocimiento y pago de créditos de extranjeros por exacciones en la última rebelión

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Para el pago de los créditos que se reconozcan según esta Ley, destínase el ocho por ciento (8 por 100) del producto bruto de los derechos de importación que se recauden en las Aduanas del Atlántico y Cúcuta; y al efecto se emitirán Vales de extranjeros, admisibles en tal ocho por ciento (8 por 100) y que ganarán el seis por ciento (6 por 100) de interés anual.

Parágrafo

Será comprobante para la ordenación del crédito la resolución dictada por el Ministerio de Relaciones Exteriores ó el respectivo convenio de arreglo, conforme al artículo 2º de esta Ley.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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