Procedimiento en caso de no cumplirse el porcentaje mínimo . Si terminado el escrutinio no se alcanzare el porcentaje mínimo exigido en este decreto, la cámara de comercio convocará a una nueva asamblea que deberá efectuarse no antes de un (1) mes ni después de dos (2) meses de la inicial. Con anterioridad a la repetición de la elección, por lo menos tres (3) veces y con intervalos mínimos de cinco (5) días el representante legal de la cámara de comercio deberá publicar en los mismos términos, la información de que trata el artículo 9 de este decreto.
Decreto 889 de 1996 →In force
Article 15
Decreto 889 de 1996 · por el cual se reglamentan las elecciones de Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio y se dictan otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.