El Gobierno nacional a través del Fondo de Programas Especiales para la Paz dispondrá todo lo necesario para continuar con la implementación de los compromisos y responsabilidades derivadas del proceso de paz, incluyendo el suministro de ayuda humanitaria integral, desde las acciones de preagrupamiento inclusive.
El Fondo de Programas Especiales para la Paz, con fundamento en lo establecido en los artículos 10 y 11 de la Ley 368 de 1997, podrá continuar suministrando los medios e insumos necesarios para el desarrollo de los diálogos de paz a las partes que negocian, así como apoyar las acciones que de allí se deriven dirigidas a firmar acuerdos de paz y su eventual implementación.