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Article 1

Anulado

Decreto 709 de 1940 · Por el cual se reglamenta la Ley 61 de 1939

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01

Text of the article

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Anulado.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 1º. Para los efectos de la Ley 61 de 1939 y del presente Decreto, se consideran como empresas oficiales de construcción, las que funcionen o se organicen con ese carácter por las entidades públicas para llevar a cabo la construcción de cualquier clase de casas y edificios por administración directa. Quedan comprendidas en las empresas particulares las demás que se ocupen en actividades del mismo género, aunque la construcción se verifique por cuenta de una entidad oficial.

Parágrafo

De acuerdo con las disposiciones consignadas en este artículo, no podrán tomarse como trabajos de construcción los que se realicen para la conservación o reparación de las obras ya construídas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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