JurídicoESEN

Article 35

El Encabezamiento Y Parte Dispositiva De Las Resoluciones Ejecutivas Sobre Concesión De Aguas Nacionales De Que Trata Este Decreto, Será Publicado En El Diario Oficial, A Costa Del Interesado O Interesados, En Conformidad A Las Disposiciones Que Regulan Las Publicaciones En El Periódico Oficial, Dentro De Los Quince (15) Días Siguientes Al De La Ejecutoria De La Respectiva Providencia

Decreto 1382 de 1940 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre aprovechamiento, distribución y conservación de aguas nacionales de uso público

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El encabezamiento y parte dispositiva de las Resoluciones Ejecutivas sobre concesión de aguas nacionales de que trata este Decreto, será publicado en el Diario Oficial, a costa del interesado o interesados, en conformidad a las disposiciones que regulan las publicaciones en el periódico oficial, dentro de los quince (15) días siguientes al de la ejecutoria de la respectiva providencia. Dentro de los diez (10) días posteriores al de la fecha en que se publique, el concesionario deberá presentar en el Ministerio de la Economía Nacional cinco (5) ejemplares, debidamente autenticados del número del Diario en que se haga tal inserción. CAPITULO IV (Condiciones relativas a garantizar el cumplimiento de la concesión)

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1382 de 1940