Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno. El Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, se integrará y cumplirá las funciones de conformidad con la ley y las disposiciones reglamentarias sobre la materia.
Los demás órganos de asesoría y coordinación que se requieran, se regirán por las disposiciones legales sobre la materia y serán reglamentados por resolución de la Presidencia de la Previsora S. A. Compañía de Seguros.