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Article 69

Ley 397 de 1997 · por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 de la Constitución Política; se dictan normas sobre el patrimonio cultural, fomento y estímulos a la cultura; se crea el Ministerio de Cultura y se trasladan algunas dependencias.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Del patrimonio de rentas del Ministerio de Cultura. El patrimonio y rentas del Ministerio de Cultura estará conformado por:

1.

Las sumas que se apropien en el Presupuesto Nacional.

2.

Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título.

3.

Los bienes, derechos y obligaciones que pertenecían al Instituto Colombiano de

Cultura, Colcultura, y los saldos del presupuesto de inversión del Instituto, existentes a la fecha de entrar a regir la presente ley.

4.

Las sumas y los bienes muebles e inmuebles que le sean donados o cedidos por

entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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