° Modificar los
s 1° y 2° del artículo 4° del Acuerdo número 098 de 1980 de la Planta de Personal de la Seccional del Meta, para el Centro de Atención de la localidad de Granada los cuales quedarán así: "
El Médico General o el Odontólogo General, además de las funciones asistenciales propias de su profesión, cumplirá las de coordinación del Centro de Atención, por designación del Gerente Seccional". "
El Médico General, además de la consulta general, atenderá, las urgencias durante la jornada ordinaria y hará el control de los beneficiarios hospitalizados en la localidad".