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Article 2.2.3.4.1.13

Responsabilidades Comunes Para Los Usuarios Del Sistema Único De Gestión E Información De La Actividad Litigiosa Del Estado - Ekogui

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

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Responsabilidades comunes para los usuarios del Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado - eKOGUI. Le corresponde a todos los usuarios del Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado - eKOGUI:

1.

Asistir a las jornadas de capacitación y acompañamiento que convoque la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado o el (la) administrador(a) de la entidad sobre el uso y alcance del Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado - eKOGUI.

2.

Consultar los materiales y tomar las capacitaciones relacionadas con su rol y aprobar las evaluaciones que publique o convoque la Agencia en la página del Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado - eKOGUI.

3.

Salvaguardar, en el marco de sus competencias, la confidencialidad de la información contenida en el Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado - eKOGUI y adoptar las medidas efectivas para la protección de datos personales de acuerdo con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto número 1377 de 2013 o las normas que lo compilen, adicionen, sustituyan o modifiquen.

Parágrafo

Dentro del marco de sus competencias funcionales, los usuarios del Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado - eKOGUI, son los(as) responsables directos(as) de la veracidad, la calidad y la completitud de la información que reporten en este.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.3.4.1.13. Funciones comunes para los usuarios del Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado - eKOGUI. Son funciones comunes para los usuarios del Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado - eKOGUI, las siguientes:

1.

Asistir a las jornadas de capacitación sobre el uso y alcance del Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado - eKOGUI, que convoque la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado o el administrador de entidad.

2.

Salvaguardar, en el marco de sus competencias funcionales, la confidencialidad de la información contenida en el Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado - eKOGUI y adoptar las medidas efectivas para la protección de datos personales de acuerdo con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013 o las normas que lo compilen, adicionen, sustituyan o modifiquen.

Parágrafo

Los usuarios del sistema, son los responsables directos por la veracidad y oportunidad de la información que ellos reporten en el mismo dentro del marco de sus competencias funcionales.

(Decreto 2052 de 2014 artículo 13).

TEXTO CORRESPONDIENTE A

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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