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Article 13

Ley 59 de 1964 · Por la cual se decreta la cooperación de la Nación para la construcción de unas obras de utilidad pública en el Municipio de Puerto Tejada, Departamento del Cauca

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Como homenaje al Libertador de los Esclavos, General José Hilario López, la Nación auxilia a Puerto Tejada con la suma de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000), con los cuales el Municipio erigirá una estatua al mencionado prócer, y construirá un parque en la plaza principal, que se denominará Alejandro Peña C., a quien la ciudad levantará un busto de bronce, en memoria del más ilustre de sus hijos.

Parágrafo

El auxilio a que se refiere el artículo 13 de esta Ley, se tomará del presupuesto del Ministerio de Educación, pero el Gobierno Nacional podrá abrir un crédito especial para dar cumplimiento a lo ordenado, y el Ministerio de Obras Públicas enviará un ingeniero arquitecto a la ciudad de Puerto Tejada para que prospecte y levante los planos del citado parque, sin costo alguno para el Municipio.

02

Constitutional history

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