º. De conformidad con los artículos 22, 26 y 27 de la ley 63 de 1914, señálense las siguientes multas, como sanción por el incumplimiento no justificado de lo dispuesto anteriormente: una de $10 para los empleados del ramo en los Departamentos y para los que dependan del Ministerio en la capital, sin perjuicio de las demás sanciones establecidas para dichos casos; y una de $25 para los Directores de Instrucción Pública y para los Inspectores Naciones y Escolares de los Territorios e Intendencias. Estas multas serán impuestas de acuerdo con la citada ley 63.
Article 3
De Conformidad Con Los Artículos 22, 26 Y 27 De La Ley 63 De 1914, Señálense Las Siguientes Multas, Como Sanción Por El Incumplimiento No Justificado De Lo Dispuesto Anteriormente: Una De $10 Para Los Empleados Del Ramo En Los Departamentos Y Para Los Que Dependan Del Ministerio En La Capital, Sin Perjuicio De Las Demás Sanciones Establecidas Para Dichos Casos; Y Una De $25 Para Los Directores De Instrucción Pública Y Para Los Inspectores Naciones Y Escolares De Los Territorios E Intendencias
Decreto 467 de 1923 · Por el cual se organiza la estadística de la instrucción pública nacional, en armonía con lo dispuesto en la Ley 63 de 1914
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