°. A quienes tengan certificaciones vigentes de aptitud psicofísica para tenencia y porte de armas de fuego, que les hayan sido expedidas por Instituciones Especializadas, con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 2858 de 2007, una vez vencido, deberán renovarlas bajo los requisitos y procedimientos señalados en el citado decreto.
Las dependencias internas del Ministerio de Defensa Nacional-Comando General de las Fuerzas Militares, contarán con seis (6) meses a partir de la publicación del presente decreto, para implementar el software que les permita el manejo y almacenamiento de la información en los términos establecidos por el Decreto 2858 de 2007.