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Article 40

Decreto 1643 de 1991 · por el cual se organiza la Dirección de Impuestos Nacionales como Unidad Administrativa Especial, se establecen su estructura y funciones sus regímenes presupuestal y de contratación administrativa y se dictan otras disposiciones

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01

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División de Tesorería . De acuerdo con las políticas e instrucciones señaladas por el Jefe de la Oficina, son funciones de la División de Tesorería

a)

Elaborar el programa anual de caja de la Dirección de Impuestos Nacionales.

b)

Solicitar ante la Tesorería General de la República la situación de fondos, con base en el acuerdo mensual de gastos aprobado por el Consejo Superior de política Fiscal "Confis".

c)

Recibir, custodiar y mantener las partidas giradas por la Tesorería General de la República, para los gastos de la Dirección de Impuestos Nacionales.

d)

Efectuar los giros correspondientes al nivel regional, por concepto de servicios personales, gastos generales, transferencias, inversión y Fondo de Gestión Tributaria.

e)

Efectuar los pagos correspondientes a servicios personales, transferencias, Fondo Gestión Tributaria, gastos generales, inversión del nivel central y los correspondientes al Premio Fiscal.

f)

Elaborar los informes de pagos y el estado de situación de tesorería, conforme a la metodología e instrucciones administrativas fiscales y presupuestales vigentes.

g)

Certificar los pagos efectuados a solicitud de los interesados y cumplir las disposiciones legales sobre retención.

h)

Las demás que le asigne el Jefe de la Oficina de Administración.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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