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Article 21

Para Los Efectos Del Presente Estatuto, Los Cargos Directivos De Los Planteles Educativos Oficiales Se Definen De La Siguiente Manera: Director: Es La Cabeza O Autoridad Principal De Su Plantel De Educación Primaria

Decreto 128 de 1977 · Por el cual se dicta el estatuto del personal docente de enseñanza primaria y secundaria a cargo de la Nación

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01

Text of the article

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Para los efectos del presente estatuto, los cargos directivos de los planteles educativos oficiales se definen de la siguiente manera: Director: es la cabeza o autoridad principal de su plantel de educación primaria. Subdirector: es la segunda autoridad de un plantel de educación primaria. Rector: es la cabeza o autoridad principal de un plantel de educación secundaria. Vicerrector: es la segunda autoridad académica - administrativa de un plantel de educación secundaria. Perfecto: es la autoridad de un plantel de educación secundaria, a cuyo cargo están la disciplina del plantel y control del cumplimiento de las obligaciones de los profesores.

Parágrafo

De acuerdo con la clasificación dada por el Ministerio de Educación Nacional a los planteles educativos según las necesidades de cada categoría, dicho Ministerio que podrán ser ejercidos por la misma persona.

02

Constitutional history

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