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Article 1

Ley 14 de 1882 · Que fija ciertas reglas generales sobre concesión de pensiones y gracias

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Text of the article

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Art. 1.º Desde la publicacion de la presente ley habrá en cada una de las Cámaras del Congreso una Comision reglamentaria, denominada de " Pensiones y gracias," que durará por todo el tiempo de las sesiones de cada año, y cuyos miembros serán nombrados por el voto de la mayoría relativa de cada Cámara, en esta forma :

La Comision del Senado se compondrá de tres miembros, y para elegirlos se votará solamente por dos Senadores, declarándose elegidos á los tres que obtengan la mayoría relativa.

La Comision de la Cámara de Representantes se compondrá de cinco miembros, y para elegirlos se votará solamente por tres Representantes, declarándose elegidos á los cinco que obtengan la mayoría relativa.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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