Reparaciones a los derechos de las personas indígenas víctimas de MAP/MUSE. Las personas indígenas víctimas de MAP/MUSE tendrán derecho a una reparación integral y diferencial. Además de las disposiciones contempladas en el artículo 189 de la Ley 1448 de 2011, el Estado garantizará el acceso preferencial a los niños, niñas y jóvenes víctimas de MAP/MUSE a los sistemas de educación y transmisión de conocimiento que prevalezcan en el pueblo, en coordinación con las autoridades de cada pueblo indígena; así como a programas de salud intercultural. CAPÍTULO IV Plan Integral de Reparaciones Colectivas para Pueblos y Comunidades Indígenas
Decreto 4633 de 2011 →In force
Article 132
Reparaciones A Los Derechos De Las Personas Indígenas Víctimas De Map/Muse
Decreto 4633 de 2011 · por medio del cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de derechos territoriales alas víctimas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas.
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01
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02
Constitutional history
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