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Article 1

Para Solicitar El Reconocimiento De Una Pensión De Jubilación, Se Deben Acreditar Los Siguientes Hechos: A) Haber Servido En Uno O Varios Cargos De La Rama Jurisdiccional De Lo Contenciosos Administrativo Del Ministerio Público, De La Jurisdicción Del Trabajo, O Haber Desempeñado Las Funciones De Personero Municipal, En Propiedad, Durante Veinte Años Por Lo Menos

Decreto 1175 de 1947 · por el cual se reglamenta la Ley 95 de 1946.

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01

Text of the article

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º. Para solicitar el reconocimiento de una pensión de jubilación, se deben acreditar los siguientes hechos

a)

Haber servido en uno o varios cargos de la Rama Jurisdiccional de lo Contenciosos Administrativo del Ministerio Público, de la Jurisdicción del Trabajo, o haber desempeñado las funciones de Personero Municipal, en propiedad, durante veinte años por lo menos.

b)

Tener cincuenta años de edad aunque con anterioridad haya dejado de ejercer el cargo.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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