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Article 46

Funciones Generales De Los Demas Jefes De Dependencia

Decreto 2126 de 1992 · por el cual se reestructura el ministerio de relaciones exteriores y se determinan las funciones de sus dependencias.

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ARTICULO 46. FUNCIONES GENERALES DE LOS DEMAS JEFES DE DEPENDENCIA.- Son funciones generales de los Jefes de Oficina, Subdirectores, Subsecretarios y Jefes de División, las siguientes

1.

Dirigir y coordinar el funcionamiento de sus dependencias.

2.

Informar al respectivo superior jerárquico inmediato sobre las gestiones emprendidas y asuntos por tramitar y presentarle las iniciativas que surjan en las dependencias a su cargo.

3.

Llevar la representación del Ministro, de los Viceministros, de los Directores Generales o del Secretario General, cuando éstos lo determinen expresamente en reuniones de carácter técnico o administrativo.

4.

Elaborar los programas generales de trabajo de su dependencia.

5.

Asesorar a los Directores Generales, al Secretario General, o a los Subsecretarios en asuntos técnicos.

6.

Responder ante los Viceministros, por conducto de los Directores Generales o ante el Secretario General de la ejecución de los programas de trabajo y revisar los aspectos técnicos de los mismos.

7.

Recibir y evaluar los informes periódicos o especiales de los funcionarios subalternos.

8.

Calificar de acuerdo con el reglamento a los funcionarios de su respectiva dependencia.

9.

Elaborar los informes sobre las actividades cumplidas por la respectiva dependencia, para las memorias del Ministro.

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