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Article 2

El Impuesto De Un Peso Con Cincuenta Centavos ($1

Decreto 70 de 1967 · Por el cual se reglamenta la Ley 78 de diciembre 28 de 1966

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°. El impuesto de un peso con cincuenta centavos ($1.50) por cada formulario sellado y de los premios que se paguen a los ganadores de acuerdo con los ordinales a) y c) del artículo 1° de la Ley 78 de 1966, y el del vente por ciento (20%) sobre las ventas de formularios en blanco establecido por el ordinal b) del mismo artículo, serán recaudados en forma directa por las personas naturales o jurídicas que emitan los formularios, al sellar cada uno de éstos, al pagar los premios o al vender los formularios al publico, según el impuesto de que se trate. A más tardar diez (10) días después de realizado el concurso, las sumas recaudadas en el respectivo territorio serán depositadas a órdenes del Distrito Especial de Bogotá, de las Beneficencias de los Departamentos, Intendencias y Comisarías, o de los Departamentos, Intendencias y Comisarías en donde no existieren Beneficencias organizadas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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