º La base para aplicar las tablas de retención en la fuente sobre salarios, es la totalidad de los pagos mensuales gravables constitutivos de salario efectuados al trabajador. El "valor a retener" mensualmente, es el indicado frente al intervalo al cual corresponda dicha base según la tabla aplicable en cada caso. Cuando en un determinado mes el trabajador reciba primas o bonificaciones gravables constitutivas de salarios, dichos pagos harán parte de la base para aplicar la retención, salvo que, dichas primas o bonificaciones se paguen anual o semestralmente en cuyo caso, la retención se efectuará en forma independiente, tomando como retención el "valor a retener que aparezca frente al intervalo que corresponda a la totalidad de dichas primas o bonificaciones pagadas en el mes. La retención así obtenida se suma a la efectuada por los demás conceptos gravables constitutivos de salario.
Decreto 1315 de 1983 →In force
Article 2
La Base Para Aplicar Las Tablas De Retención En La Fuente Sobre Salarios, Es La Totalidad De Los Pagos Mensuales Gravables Constitutivos De Salario Efectuados Al Trabajador
Decreto 1315 de 1983 · Por el cual se reglamenta la retención en la fuente por concepto de salarios y dividendos
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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