Articulo 153 . Causales de cierre temporal del establecimiento hasta por un (1) año. Son causales de cierre temporal del establecimiento de un (1) mes a un (1) año. a). Reincidencia en los actos que hayan originado sanción de cierre por el termino de un (1) mes. b). Cuando se determine que se han modificado las condiciones con las cuales se le expidió la licencia sanitaria de funcionamiento originando problemas técnicos sanitarios de dotación e higiene que no garanticen las condiciones sanitarias del mismo o de las bebidas alcohólicas que se elaboren, hidraten o envasen.
Decreto 3192 de 1983 →In force
Article 153
Decreto 3192 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 9ª de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación, envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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