ARTICULO 6. Son funciones de la División de Interpretación y Doctrina
Compilar las disposiciones, conceptos y jurisprudencia en el campo de acción de la Dirección General de Aduanas y del Fondo Rotatorio de Aduanas;
Estudiar y proyectar conceptos sobre los proyectos de ley o decretos concernientes a las actividades propias de la Dirección General de Aduanas preparados en las respectivas subdirecciones;
Elaborar los estudios jurídicos y los proyectos de actos que resuelvan consultas sobre interpretación a la legislación aduanera;
Estudiar y proyectar los recursos de apelación sobre asuntos de carácter disciplinario.