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Article 79

Decreto 1403 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo No. 62 del 29 de junio de 1994 del Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales que adopta la estructura interna y establecen las funciones de sus dependencias

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01

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-El Departamento Regional de Planeación de Salud cumplirá las siguientes funciones

a)

Establecer y mantener relaciones con otras dependencias del Instituto, y otros organismos, asociaciones e instituciones a fines.

b)

Mantener información sobre los programas, planes y proyectos de las entidades promotoras de salud de su regional.

c)

Reportar los resultados de su gestión a la Gerencia Regional de la EPS y otros niveles superiores que lo requieran.

d)

Asegurar el cumplimiento de las políticas y normas del Instituto en la regional.

e)

Participar en la planeación de la regional.

f)

Planear, organizar, dirigir y evaluar actividades conducentes a determinar las necesidades de salud de la población.

g)

Proponer al Nivel Nacional alternativas para satisfacer las necesidades de salud de la población.

h)

Evaluar la rentabilidad de los planes de salud en la regional.

i)

Identificar grupos de población no cubiertos por los planes de salud y promover su afiliación.

j)

Estudiar el mercado y la competencia y las necesidades del cliente.

k)

Elaborar, ejecutar y controlar el presupuesto del área.

l)

Supervisar la aplicación de las políticas de mercadeo y ventas.

m)

Llevar los registros y control de la prestación de servicios de riesgos profesionales y pago de incapacidades respectivas y facturar su cobro a la Vicepresidencia ATEP y otras aseguradoras de riesgos profesionales.

n)

Las demás que se le asignen.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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