Obligaciones para los usuarios especiales. Los usuarios del sistema de alcantarillado y los establecimientos que comercialicen, operen o almacenen hidrocarburo o sustancias que puedan causar grave deterioro al sistema de alcantarillado deberán tomar medidas precautelativas, para evitar descargas accidentales. Las instalaciones diseñadas con tal propósito deberán ser construidas, mantenidas y operadas por los usuarios. Estos deberán presentar ante la entidad el plan de contingencia, según lo establecido en el artículo 96 del Decreto 1594 de 1984. Ningún usuario nuevo podrá descargar sus aguas residuales a la red de alcantarillado hasta tanto haya adecuado las instalaciones e implementado los procedimientos para la prevención de las descargas accidentales. La entidad podrá exigir a toda industria o establecimiento que requiera obras de control para cumplir con las normas de vertimiento, la instalación de alcantarillados separados para aguas residuales y aguas lluvias, con sus respectivas cajas de inspección localizadas y construidas de acuerdos con las normas de la entidad. Las cajas de inspección deberán conservarse en condiciones óptimas de seguridad y funcionamiento por parte del usuario. Los desechos industriales y domésticos podrán ir por el mismo alcantarillado y las aguas lluvias deberán ir por separado.
Decreto 951 de 1989 →In force
Article 107
Obligaciones Para Los Usuarios Especiales
Decreto 951 de 1989 · DECRETO 951 DE 1989, 04/05/1989, Por el cual se establece el reglamento general para la prestación de los servicios de acueducto y de alcantarillado en todo el territorio nacional.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.