Consumos de multiusuarios. La entidad sólo expedirá una factura en el caso de inquilinatos y de urbanizaciones y edificios residenciales multifamiliares con medición colectiva. No obstante, a solicitud de la mayoría de los copropietarios, la entidad podrá expedir facturas independientes para cada unidad aplicando los coeficientes de copropiedad establecidos en el régimen de propiedad horizontal, siempre y cuando fuere factible asegurar el recaudo de los respectivos valores por medios diferentes a la suspensión del servicio de acueducto. A solicitud expresa de la mayoría absoluta de los copropietarios del conjunto habitacional, la entidad podrá facturar directamente a cada usuario la parte proporcional del consumo de las áreas comunes, aplicando los coeficientes de copropiedad establecidos en el respectivo régimen de propiedad horizontal.
Decreto 951 de 1989 →In force
Article 64
Consumos De Multiusuarios
Decreto 951 de 1989 · DECRETO 951 DE 1989, 04/05/1989, Por el cual se establece el reglamento general para la prestación de los servicios de acueducto y de alcantarillado en todo el territorio nacional.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.