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Article 62

Facturación Por Promedio De Consumo

Decreto 951 de 1989 · DECRETO 951 DE 1989, 04/05/1989, Por el cual se establece el reglamento general para la prestación de los servicios de acueducto y de alcantarillado en todo el territorio nacional.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Facturación por promedio de consumo. La entidad facturará el promedio de los consumos normales de los últimos seis (6) períodos en los siguientes casos

a)

Desperfectos en el medidor que impidan el registro de los consumos de agua.

b)

Retiro provisional del medidor siempre y cuando el inmueble continúe con servicio.

c)

Impedimentos físicos en la lectura del medidor.

d)

Filtraciones imperceptibles en las instalaciones internas de acueducto del inmueble detectadas por la entidad. Esta práctica sólo se admite por dos períodos de facturación consecutivos.

e)

Cuando en una lectura el contador muestre cifras inferiores a las que aparecían en la lectura anterior, salvo que se recomience el ciclo numérico del medidor.

f)

Razones de conveniencia derivadas del proceso de revisión previa.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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