Facturación de consumos excesivos. En caso de que el consumo anormal tenga origen en fugas perceptibles de agua, la entidad informará de ello al usuario en la fecha de la revisión y le advertirá que dicho consumo le será facturado. Cuando la fuga fuere imperceptible y haya sido detectado por la entidad mediante aparatos técnicamente reconocidos, tales como geófonos, la entidad no facturará los consumos originados por esta causa, sino que facturará el consumo promedio normal de los últimos seis (6) períodos. Si, transcurridos dos (2) períodos de facturación, el usuario no ha eliminado la causa de la fuga, la entidad empezará a cobrar a partir de entonces la totalidad del consumo registrado.
Decreto 951 de 1989 →In force
Article 61
Facturación De Consumos Excesivos
Decreto 951 de 1989 · DECRETO 951 DE 1989, 04/05/1989, Por el cual se establece el reglamento general para la prestación de los servicios de acueducto y de alcantarillado en todo el territorio nacional.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.