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Article 16

Decreto 3059 de 1990 · por el cual se modifica el cupo de mercancías procedentes del Puerto Libre de San Andrés y Providencia y se reglamentan aspectos de control aduanero.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los almacenes de depósito que se establezcan para recibir mercancía en tránsito deberán ser aprobados por la Dirección General de Aduanas y cumplir los requisitos de fianza establecidos para su habilitación. Las tarifas de almacenamiento serán determinadas por quien administre los respectivos depósitos. El plazo de almacenamiento no podrá exceder de un año desde la llegada de las mercancías y a su vencimiento se declarará el abandono legal. La responsabilidad por las mercancías será la que determinen las normas generales sobre almacenes de depósito.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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