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Article 31

Decreto 1648 de 1991 · por el cual se establece el régimen de personal, la carrera aduanera, el régimen prestacional de los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, se crea el Fondo de Gestión Aduanera y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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ARTICULO 31 . El permiso

a)

El funcionario podrá solicitar por escrito, por una sola vez en el año cuando no obedezca a situaciones de calamidad doméstica, permiso remunerado hasta por tres días, consignando en el escrito las razones claras y precisas que motivan el mismo. Esta solicitud será estudiada por la autoridad competente quien determinará si obedece o no a justa causa, y teniendo en cuenta las necesidades del servicio lo autorizará o negará;

b)

Podrá otorgarse permiso remunerado hasta por tres días de oficio o a solicitud del interesado, en caso de grave calamidad doméstica;

c)

Cuando el empleado solicite y le sea concedido más de un permiso en el año que no obedezca a calamidad doméstica, deberá compensar el tiempo autorizado, en la forma que lo establezca el Director General de Aduanas.

02

Constitutional history

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