JurídicoESEN

Article 148

Decreto 501 de 1989 · DECRETO 501 DE 1989, 13/03/1989, Por el cual se modifica la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura y se determinan las funciones de sus dependencias

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Administración del Fondo de Emergencia Sanitaria . La Administración del Fondo de Emergencia Sanitaria se hará en los términos señalados a continuación

1.

Los recursos del Fondo se emplearán de modo prioritario en acciones de control sanitario, vigilancia epidemiológica, cuarentena y erradicación.

2.

Los casos o situaciones calificables de emergencia sanitaria animal o vegetal y las medidas de orden económico aplicables deberán definirse por la Junta Directiva del Instituto.

3.

Así mismo, la Junta Directiva reglamentará todo lo relativo al manejo, recaudo, depósito, contabilización, asignación e inversión financiera de los recursos del Fondo.

4.

En lo no previsto en los anteriores numerales la dirección y administración del Fondo estará a cargo del Gerente General del ICA, quien podrá delegarla en uno cualquiera de los Subgerentes del Instituto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 501 de 1989