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Article 228

Decreto 2666 de 1984 · Por el cual se revisa parcialmente la legislación aduanera

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01

Text of the article

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Requisitos para obtener el régimen . Para obtener la aplicación de este régimen el declarante debe demostrar: 1º Que la mercancía se encontraba en libre circulación en el territorio nacional al tiempo de su exportación. 2º Que la mercancía es la misma que se exportó y se encuentra, en el mismo estado. No obstante lo anterior, las mercancías podrán presentar deterioro causado por el uso o señales de haber sido sometidas a tratamientos necesarios para su conservación o reparación, siempre que estas no les den un valor mayor al que tenían cuando se exportaron. 3º Cuando la exportación hubiere sido definitiva, el declarante deberá acreditar al momento de la reimportación la devolución de las sumas percibidas por concepto de estímulos a la exportación y el pago de los impuestos internos exonerados con motivo de ella.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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