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Article 62

Decreto 1642 de 1991 · por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y se determinan sus funciones.

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01

Text of the article

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Corresponde a la Subdirección de Contratación de la Dirección General de Crédito Público el ejercicio de las siguientes funciones

a)

Proponer políticas sobre endeudamiento público interno y externo de la Nación y demás entidades públicas;

b)

Coordinar y participar en la gestión y negociación de las operaciones relacionadas con los recursos del crédito público;

c)

Conceptuar sobre la conveniencia de gestionar y contratar las operaciones de crédito público y sobre las garantías y contragarantías a favor de la Nación, previo estudio jurídico y financiero de la operación;

d)

Dirigir y coordinar los trámites y gestiones necesarias para contratar, garantizar, modificar, refinanciar, consolidar y sustituir operaciones de Crédito Público;

e)

Preparar, en coordinación con la Subdirección de Planeación y Análisis de la Dirección General de Crédito Público, los documentos requeridos para el estudio y concepto de operaciones de crédito público, que serán sometidos a consideración de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público;

f)

Llevar el control de la utilización de las autorizaciones otorgadas por las leyes de endeudamiento interno y externo de la Nación y elaborar los informes con destino al Congreso de la República y a la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público;

g)

Previo estudio de la Oficina Jurídica de la Dirección General de Crédito Público, aprobar los textos de las minutas de contratos, pagarés y títulos a que den lugar las operaciones de crédito público y desarrollar los trámites para el perfeccionamiento de los convenios de desempeño;

h)

Llevar y controlar el registro de las operaciones de crédito público de las entidades territoriales y sus descentralizadas, según las disposiciones legales y reglamentarias;

i)

Coordinar y vigilar el mantenimiento actualizado de la información sobre el estado de las autorizaciones y contrataciones de crédito público en el sistema de información sistematizado de la Dirección General de Crédito Público;

j)

Asesorar directamente o a través de sus dependencias a las entidades públicas en los trámites para la contratación de operaciones de crédito público y sobre las posibilidades y características de la financiación que ofrecen las distintas fuentes crediticias;

k)

Las demás que le sean asignadas por el Director General de Crédito Público y por las disposiciones legales vigentes. 6.1.1 De la División de Contartación de Credíto Público Externo.

02

Constitutional history

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