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Article 17

Decreto 1642 de 1991 · por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y se determinan sus funciones.

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01

Text of the article

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Corresponde a la División de Presupuesto de la Subsecretaría General el ejercicio de las siguientes funciones

a)

Elaborar el anteproyecto anual de presupuesto de la Subsecretaría General y presentarlo a la Oficina de Planeación y Control Interno del Ministerio para su consolidación con el anteproyecto de presupuesto de la entidad;

b)

Elaborar el anteproyecto del Programa Anual de Caja del Ministerio y sus organismos adscritos cuya ejecución presupuestal dependa directamente del Ministerio y tramitarlas solicitudes de adiciones y traslados correspondientes;

c)

Tramitar y suscribir con el Ordenador del Gasto las solicitudes de acuerdo de gastos que se presenten a la Dirección General del Presupuesto;

d)

Verificar y llevar la contabilidad general del Ministerio registrando el movimiento financiero y patrimonial derivado de la ejecución de su presupuesto, de acuerdo con las instrucciones que al respecto imparta la Dirección General del Presupuesto y en lo fiscal la Contraloría General de la República;

e)

Coordinar la elaboración y envío a la Dirección General del Presupuesto, de las solicitudes de reservas de apropiación y de caja que deben constituirse al finalizar cada ejercicio fiscal;

f)

Preparar las solicitudes de créditos adicionales y de traslados presupuestales del Ministerio y de las entidades adscritas cuya ejecución presupuestal dependa de éste y someterlas a consideración de la Oficina de Planeación y Control Interno del Ministerio;

g)

Expedir los certificados de disponibilidad presupuestal de los actos administrativos que tengan incidencia presupuestal, previamente a su formalización;

h)

Registrar los contratos que suscriba el Ministro de Hacienda y Crédito Público de acuerdo con las disposiciones vigentes sobre la materia, y enviar la información respectiva a la Dirección General del Presupuesto y a la Contraloría General de la República;

i)

Verificar, en ejercicio del control interno del manejo presupuestal, que los compromisos que asuma el Ministerio se ajusten a los requisitos señalados en las disposiciones vigentes sobre la materia, y solicitar cuando sea necesario, los correctivos pertinentes;

j)

Contribuir al control financiero, económico y de resultados que ejercen la Dirección General del Presupuesto y el Departamento Nacional de Planeación;

k)

Proponer los cambios que considere convenientes para mejorar la gestión presupuestal, financiera y administrativa del Ministerio; I) Rendir y suministrar la información de carácter presupuestal que requiera la Dirección General del Presupuesto; garantizando la exactitud y veracidad de su contenido; m) Prestar los servicios de tesorería del Ministerio, manejando los recursos presupuestales del mismo y respondiendo por el pago oportuno de las obligaciones que cause su funcionamiento; n) Informar al Ordenador del Gasto, sobre las irregularidades que detecte en el manejo de los recursos presupuestales del Ministerio para que éste disponga la investigación interna correspondiente y dé traslado del asunto a la Dirección General de Presupuesto y a la Procuraduría Delegada para Asuntos Presupuestales; ñ) Controlar la ejecución de los recursos del Fondo de Bienestar del Ministerio; o) Las demás que le sean asignadas según su naturaleza. 3.1.3. De la División de Compras y Suministros.

02

Constitutional history

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