º FUNCIONES GENERALES DEL DEPARTAMENTO. El Departamento Nacional de Planeación es el organismo principal de la administración encargado de la formulación y elaboración de los planes y programas generales de desarrollo económico y social, que deben ser presentados al Consejo Nacional de Política Económica y Social para su estudio, aprobación y posterior presentación al Congreso para su adopción; del seguimiento y evaluación de los planes y programas generales de desarrollo y la proposición de los ajustes y modificaciones que fueren necesarios; de la participación en la preparación, seguimiento, evaluación y control del Presupuesto General de la Nación, en los términos previstos por la Ley 38 de 1989, de la orientación para la asignación de recursos y la implantación de los sistemas y métodos que deben adoptar los organismos y entidades oficiales en la preparación y ejecución de los planes, programas y proyectos de desarrollo sectorial, multisectorial, territorial y urbano; de asesorar a dichos organismos y entidades en el cumplimiento de sus funciones; y de la coordinación entre los componentes del Sistema Nacional de Planificación.
Decreto 2410 de 1989 →In force
Article 3
Decreto 2410 de 1989 · DECRETO 2410 DE 1989, 20/10/1989, Por el cual se modifica la estructura orgánica del Departamento Nacional de Planeación y se determinan sus funciones
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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