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Article 13

Son Funciones De La División De Operaciones De Tesorería:

Decreto 2409 de 1989 · DECRETO 2409 DE 1989, 20/10/1989, Por el cual se modifica la estructura orgánica de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y se dictan otras disposiciones.

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01

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Son funciones de la División de Operaciones de Tesorería

a)

Velar por el oportuno recaudo de las rentas del Presupuesto General de la Nación, así como de las transferencias del sector descentralizado a la Nación;

b)

Preparar los proyectos de convenios interadministrativos con el sistema bancario, para el recaudo de las rentas y recursos de capital, incorporados en el Presupuesto General de la Nación, lo mismo que para los pagos que se efectúen directamente por la Dirección General de Tesorería;

c)

En coordinación con la Dirección General de Crédito Público elaborar planes de inversiones financieras y créditos menores de un año;

d)

Preparar los documentos necesarios para el correspondiente trámite ante el CONFIS, con relación a las inversiones financieras a término fijo con recursos del Tesoro Nacional en entidades bancarias oficiales, dentro de las modalidades aceptadas por la Superintendencia Bancaria;

e)

Hacer el seguimiento de las inversiones financieras autorizadas a los establecimientos públicos nacionales con recursos propios incorporados en el presupuesto general de la Nación, velando porque se ajusten a las modalidades aceptadas por la Superintendencia Bancaria y cumplan con las inversiones forzosas ordenadas por normas legales vigentes;

f)

Efectuar en coordinación con la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los estudios de mercado a fin de determinar la viabilidad, características y condiciones financieras para la colocación o adquisición de títulos con vencimiento inferior a un año;

g)

Llevar el control de los rendimientos por operaciones financieras de la Dirección General de Tesorería y de las entidades legalmente autorizadas para la realización de inversiones financieras;

h)

Coordinar con la Subdirección de Servicios Especiales el procesamiento de la información que permita evaluar la liquidez de los organismos y entidades oficiales, a través de los saldos en sus cuentas corrientes, con el fin de programar la situación mensual de fondos por parte de la Dirección General de Tesorería;

i)

Las demás que se le asignen en razón de la naturaleza de esta dependencia. SUBDIRECCION DE SERVICIOS ESPECIALES

02

Constitutional history

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