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Article 3

Decreto 2409 de 1989 · DECRETO 2409 DE 1989, 20/10/1989, Por el cual se modifica la estructura orgánica de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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º Son funciones del Director General de Tesorería

a)

Dirigir el proceso de situación de fondos para atender al pago de las apropiaciones presupuestales que afectan al Tesoro Nacional;

b)

Dirigir la ejecución de las funciones que han de cumplir las dependencias a su cargo;

c)

Coordinar con las respectivas dependencias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y con los demás organismos y entidades oficiales los aspectos relacionados con la programación financiera y el desarrollo del programa anual mensualizado de caja;

d)

Asesorar al Ministro de Hacienda y Crédito Público en el estudio y solución de los problemas que se presenten con relación a la situación del Tesoro Nacional;

e)

Verificar la celebración de Convenios Interadministrativos con el sistema bancario cuando sea del caso;

f)

Preparar, tramitar y emitir Títulos de Tesorería para mantener la oportunidad de los pagos, de conformidad con las condiciones y requisitos previstos por el Gobierno Nacional;

g)

Emitir bonos, pagarés y demás valores a cargo de la Nación que deba cubrir el Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

h)

Revisar los trámites y procedimientos para comprar y vender en el país o en el exterior títulos valores del Gobierno Nacional o de la Dirección General de Tesorería, previo concepto de la Dirección General de Crédito Público;

i)

Determinar conforme a las normas vigentes las entidades bancarias en las cuales deban abrirse las cuentas corrientes oficiales de los organismos y entidades de las Ramas del Poder Público, el Ministerio Público, la Controlaría General de la República y la Registraduría Nacional del Estado Civil;

j)

Registrar en la Cuenta Unica Nacional y en la Cuenta Operativa Nacional, las cuentas corrientes que autorice para el manejo de los recursos del presupuesto general de la Nación;

k)

Suministrar al Ministro de Hacienda y Crédito Público informes sobre el estado de Tesorería;

l)

Participar en nombre del Ministro de Hacienda y Crédito Público en las diligencias de emisión e incineración de billetes y moneda fraccionaria del Banco de la República y suscribir las actas respectivas;

m)

Solicitar a los organismos y entidades el reintegro de los recursos que correspondan a vigencias expiradas y que no estén comprometidos según las normas vigentes;

n)

Atender el manejo del personal vinculado a la Dirección General de Tesorería; ñ) Expedir con su firma y la del Jefe de la División de Caja Principal los cheques para atender el pago de las exigibilidades a cargo del Tesoro Nacional;

o)

Proponer al Consejo Superior de Política Fiscal -CONFIS-, inversiones financieras con recursos del Tesoro Nacional y con la colocación de los Títulos de Tesorería o del Gobierno;

p)

Las demás que se le asignen en razón de la naturaleza de la dependencia. OFICINA DE SISTEMAS

02

Constitutional history

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