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Article 47

Decreto 1799 de 2000 · por el cual se dictan las normas sobre evaluación y clasificación para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y se establecen otras disposiciones

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ARTICULO 47 . FUNCIONES DEL SECRETARIO. Son funciones del Secretario

a)

Recibir los documentos dirigidos a la Junta y darles el trámite correspondiente.

b)

Preparar la documentación necesaria para el adecuado funcionamiento de la junta.

c)

Dar lectura de los documentos.

d)

Solicitar los antecedentes necesarios para la toma de decisiones.

e)

Registrar el resultado de las votaciones.

f)

Redactar y mantener al día las actas de las sesiones.

g)

Dejar constancia de los acuerdos adoptados y juicios emitidos.

h)

Revisar los informes de clasificación para ascenso producidos por la junta. Debe elaborar el acta con el número y la fecha del informe de clasificación.

i)

Remitir a los departamentos o direcciones de personal los documentos, formularios y antecedentes que hacen parte de la evaluación y clasificación. CAPITULO II LISTAS DE CLASIFICACIÓN

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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