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Article 16

Competencia

Decreto 1799 de 2000 · por el cual se dictan las normas sobre evaluación y clasificación para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y se establecen otras disposiciones

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ARTICULO 16. COMPETENCIA. La competencia para evaluar se inicia en los siguientes escalones de mando

a)

Para oficiales 1) En el Ejército a partir de los comandantes de unidad fundamental. 2) En la Armada a partir de los jefes de departamento de Unidades en tierra, a flote o en unidades fundamentales de la Infantería de Marina. 3) En la Fuerza Aérea a partir de los comandantes de escuadrilla. 4) En planas o estados mayores a partir de los jefes de sección o departamento.

b)

Para suboficiales 1) En el Ejército a partir del escalón de mando correspondiente a pelotón. 2) En la Armada a partir de los jefes de división abordo o en tierra, y de pelotón de infantería de Marina. 3) En la Fuerza Aérea a partir del escalón elemento. 4) En planas o estados mayores a partir del nivel subsección.

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Constitutional history

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