JurídicoESEN

Article 27

Decreto 2275 de 1988 · DECRETO 2275 DE 1988, 03/11/1988, Por el cual se reglamenta parcialmente el Capítulo VIII de la Ley 135 de 1961, con las modificaciones y adiciones que le introdujo la Ley 30 de 1988 y se dicta el procedimiento para la adjudicación de terrenos baldíos

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

PLANOS DEL TERRENO OBJETO DE LA SOLICITUD DE ADJUDICACION. El Instituto Colombiano de la Reforma Agraria realizará por medio de funcionarios de su dependencia o de personal técnico vinculado por contrato, los levantamientos topográficos, pudiendo utilizar para la identificación predial otros métodos como la fotointerpretación. El INCORA podrá aceptar planos aportados por particulares cuando éstos se ajusten a las normas técnicas establecidas por la Junta Directiva del Instituto. El levantamiento topográfico del terreno pretendido en adjudicación deberá efectuarse o aportarse antes de la práctica de la diligencia de inspección ocular, para que el día de la visita se haga la confrontación respectiva.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2275 de 1988