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Article 79

Decreto 283 de 1990 · por el cual se reglamenta el almacenamiento, manejo, transporte, distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo y el transporte por carrotanques de petróleo crudo.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Por tratarse de un servicio público la distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo, en todos los contratos que permitan la explotación económica de una estación de servicio, se incluirán como cláusulas esenciales las siguientes

a)

Prestación del servicio de acuerdo con los términos establecidos por las correspondientes normas y reglamentos del Ministerio de Minas y Energía;

b)

Descripción general de los equipos y demás instalaciones, servicios, nombres y marcas comprendidos en el contrato;

c)

Condiciones de seguridad de la estación;

d)

Responder por una adecuada prestación del servicio al usuario en lo relacionado con volúmenes de entrega, oportunidad, seguridad, calibración de surtidores, precios, calidad del producto, etc.;

e)

En los contratos se establecerá, igualmente, en forma expresa la prohibición para las partes de acudir a prácticas que signifiquen competencia desleal respecto a un distribuidor mayorista o minorista en los términos de los artículos 75 y 77 del Código de Comercio y demás disposiciones legales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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